En la actualidad existen diversos tipos de Arrendamientos, pero por principios legales estos son 4 tipos de arrendamiento principales:
- Arrendamiento Mercantil.
- Arrendamiento Administrativo.
- Arrendamiento Financiero.
- Arrendamiento Civil.
Arrendamiento Mercantil
Este tipo de arrendamiento se posiciona sobre bienes inmuebles y se hace con el propósito de especulación mercantil (Código de Comercio).
Arrendamiento Administrativo
En base al Artículo 2411 del Código Civil Federal “Los arrendamientos de bienes nacionales, municipales o de establecimientos jurídicos estarán sujetos a las disposiciones del derecho administrativo, y en lo que no lo estuvieren, a las disposiciones de este título”.
Arrendamiento Financiero
Cuando hablamos de un arrendamiento financiero, nos referimos a que el arrendador concede el uso o goce temporal de un bien mueble o inmueble y el arrendatario se compromete a pagar un precio periódico por concepto de ese uso con opción de compra (Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, capítulo VI Del arrendamiento financiero, artículos 408-418).
Arrendamiento Civil
Recae sobre bienes inmuebles, se celebra respecto a bienes muebles sin el propósito de especulación comercial y cuando recae sobre bienes que no pertenecen a la Federación, a los estados o a los municipios.
¿Qué derechos y obligaciones tiene el arrendatario?
El arrendatario es la persona que por medio de un contrato de arrendamiento, toma el control y puede usar y disfrutar un bien.
Ser arrendatario es un estatuto jurídico y se regula en el Código Civil Federal, y esta persona cuenta con ciertos derechos y obligaciones, las cuales de acuerdo al código Civil Federal, son las siguientes:
Derechos del Arrendatario
De acuerdo al artículo 2412, fracción I
- El arrendatario tiene derecho a que se le entregue la localidad arrendada con todas sus pertenencias y en estado de servir para el uso convenido.
- De acuerdo al artículo 2412, fracción IV
Derecho a que se le garantice el uso y goce pacífico de la cosa durante todo el tiempo de vigencia el contrato.
En base al artículo 2412, fracción Il
- A que se hagan las reparaciones necesarias para la ocupación.
El artículo artículo 2426
- A pagar las rentas desde el día en que reciba la cosa arrendada.
Obligaciones del Arrendatario
- El arrendatario está obligado a pagar el precio del arrendamiento (artículos 2398, 2399, 2425, 2426, 2427, 2430, 2454 y 2445).
- Tiene la obligación de hacer consistente en cuidar y conservar el bien arrendado (artículo 2425, fracción II).
- Obligación en servirse del bien arrendado solamente para el uso convenido conforme a la naturaleza y destino de él (artículo 2425, fracción III).
- Está obligado de dar consistente en restituir el bien (artículo 2398).
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